El 5 de febrero la Corte Suprema de El Salvador emitió una decisión sin precedentes que le ordena al Procurador General de la República investigar la masacre de 45 civiles en la comunidad de San Francisco Angulo. La corte falló que una investigación estancada anterior había violado los derechos de las víctimas, y que una nueva investigación debe hacer públicos los resultados y presentar cargos contra los perpetradores.
David Morales, Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos, celebró la decisión y reconoció la incansable labor del Centro para la Promoción de los Derechos Humanos «Madeleine Lagares». Esta organización ha acompañado a víctimas de la masacre, quienes presentaron denuncias judiciales en 2006. El comunicado de Morales describe la masacre en clarísimos términos:
«…fueron exterminadas cruelmente unas 45 personas, todas civiles, en su mayoría niños, niñas y mujeres de la comunidad de San Francisco Angulo. Este crimen fue perpetrado por un escuadrón de la muerte conformado por efectivos de la Fuerza Armada y miembros de la Defensa Civil de Tecoluca. La masacre está plenamente probada mediante evidencia testimonial, así como por la exhumación de los restos de 30 víctimas […] practicadas […] durante los años 2005 y 2006».
La decisión de la Corte Suprema llega cuando sobrevivientes de todos los rincones de El Salvador reclaman la investigación de crímenes contra la humanidad —tortura, detención ilícita, desapariciones forzadas y masacres—. En marzo de 2013, ciudadanos salvadoreños presentaron 43 denuncias jurídicas por dichos crímenes; otros se han unido a ellos con sus propias denuncias de violaciones graves de derechos humanos por parte de las Fuerzas Armadas salvadoreñas y sus aliados paramilitares.
La reciente decisión podría ser señal de las inclinaciones de la Corte en cuanto a la decisión pendiente sobre la constitucionalidad de la ley de amnistía de 1993, que ha protegido a los perpetradores de las consecuencias de dar órdenes o participar en abusos de los derechos humanos. Esto demuestra que la Corte no considera que la ley de amnistía signifique protección absoluta contra la investigación y el castigo de los crímenes.